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INE en Quintana Roo instalará más de 2 mil casillas electorales

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El Instituto Nacional Electoral en Quintana Roo en Sesión Ordinaria del Consejo Local informó que se instalarán 2 mil 101 casillas en la Jornada Electoral del 1 de julio del presente.

Como resultado de los ajustes descritos en el número de casillas estimadas con base en el estadístico de Lista Nominal con corte al 16 de abril de 2018, los cuatro Consejos Distritales de Quintana Roo, aprobaron la lista con el número y la ubicación de las casillas, básicas, contiguas, especiales y extraordinarias.

A continuación se muestra el número de casillas aprobadas por distrito: 

Distrito

 

Cabecera Distrital Tipo de casilla a instalar  
 Básica Contigua Especial Extraordinaria Total
1 Solidaridad 246 311 6 16 579
2 Othón P. Blanco 242 197 7 52 498
3 Cancún 242 233 0 0 475
4 Cancún 209 299 6 35 549
                                      Totales:  

939

 

1,040

 

19

 

103

 

2,101

La Presidenta del Consejo Local, Claudia Rodríguez Sánchez, indicó que se realizaron algunos ajustes en la proyección de casillas derivado al último corte de la Lista Nominal del 16 de abril de aproximadamente 1 millón 210 mil 346 ciudadanos y manifestó que esta cifra puede tener un último ajuste debido a las bajas por Defunción y Suspensión de Derechos Político-Electorales.

Asimismo puntualizó que se cubrió con el 99.74 por ciento en la cobertura de credenciales entregadas, de las cuales fueron un total de 139 mil 586 credenciales en el periodo de la Campaña Anual Intensa de septiembre del 2017 al 31 de enero del presente año.

En otro contexto, informó que se continúa con la Convocatoria para Observadores Electorales para el Proceso Electoral 2017- 2018, por lo que hace una atenta invitación a las y los ciudadanos interesados para participar e indicó que hasta el momento se encuentran registrados 100 ciudadanos en toda la entidad, de los cuales 97 han tomado el curso de capacitación y 39 han sido acreditados. De estos 100 ciudadanos, unos pertenecen a agrupaciones empresariales, a instituciones o son solicitudes individuales.

Es importante recalcar que los Observadores Electorales podrán observar todos los actos preparatorios del Proceso Electoral y a partir de su acreditación; también pueden presentarse el día de la Jornada Electoral con sus acreditaciones e identificaciones en una o varias casillas, así como en el local de los Consejos correspondientes, pudiendo observar la instalación de casillas, desarrollo de la votación, escrutinio y cómputo de la votación en la casilla, clausura de la casilla, lectura en voz alta de los resultados en el consejo distrital y recepción de escritos de incidencias y protesta.

Asimismo los observadores podrán presentar, ante la autoridad electoral, informe de sus actividades en los términos y tiempos que para tal efecto determine el Consejo General.

Cabe mencionar que los observadores no reciben ningún pago, por lo que es una participación voluntaria y como ciudadanos ejercer su derecho como Observador Electoral, de acuerdo al Artículo 217 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Las personas que deseen ejercer su derecho a participar como Observadoras y Observadores Electorales, deben sujetarse a lo siguiente:

Obtener su acreditación ante la autoridad electoral, señalar en su escrito de solicitud sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna, los derechos, obligaciones y sanciones correspondientes a la observación electoral se estipulan en los artículos 217, numeral 1, incisos e), h), i), j) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y 204 del Reglamento de Elecciones (RE), presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan ante las y los Presidentes de los Consejos Locales o Distritales correspondientes.

Se otorgará acreditación a quien cumpla con los siguientes requisitos: Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos,  no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección,  no ser, ni haber sido candidato o candidata a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección,  asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto o las propias organizaciones a las que pertenezcan los y las observadoras electorales.

La ciudadanía mexicana interesada en obtener la acreditación como Observadora y Observador Electoral, deberá presentar los documentos que se citan a continuación: Solicitud de acreditación en el formato correspondiente, escrito bajo protesta en el que manifieste que cumple con los requisitos establecidos, dos fotografías recientes tamaño infantil del o de la solicitante y copia de la credencial para votar.

Las solicitudes de acreditación como Observadoras y Observadores Electorales, se recibirán ante las Juntas Locales y Distritales del INE hasta el 31 de mayo de 2018.

En este contexto, concluida la revisión de las solicitudes, se notificará a la persona para que asista al curso de capacitación respectivo, una vez que se acredita el curso de capacitación, los Consejos Locales y Distritales aprobarán y entregarán las acreditaciones correspondientes.

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