La Asociación de Hoteles de Tulum por medio de su Presidente David Ortiz Mena, se congratula que la decisión del Presidente de México Andrés Manuel López Obrador, haya dado este paso histórico en pro de la transparencia el combate a la corrupción e impunidad, así como del uso indebido de recursos públicos para efectos electorales, conforme indica el DECRETO por el que se declaran reformados los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero.
Artículo Único. Se reforman el segundo párrafo del artículo 108 y el cuarto párrafo del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 108…
Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de Ia República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
Artículo 111…
Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.