El hostigamiento sexual es un delito que se realiza de manera común en diversos centros de trabajo, tanto en el sector público como privado, e incluso hay casos al interior de las familias. Sin embargo, a pesar de la afectación psicológica y la opresión para las victimas es un asunto muy poco denunciado, señaló el presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Chetumal, Quintana Roo, Héctor Pérez Rivero.
“A quien asedie o acose sexualmente a persona de cualquier sexo o solicite favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, valiéndose de su posición jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra que implique una posición de poder, de autoridad o ambas del activo para con el pasivo, se le impondrá de uno a dos años de prisión y de trescientos a quinientos días multa” establece el artículo 130-ter del Código Penal de Quintana Roo .
Cuando el hostigamiento sexual se cometa contra una persona menor de dieciocho años de edad, o con alguna discapacidad, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, la pena de prisión se aumentará.
En tanto, “Si el sujeto activo fuese servidor público, docente o parte del personal administrativo de cualquier institución educativa o de asistencia social, el delito será perseguible de oficio, y además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le inhabilitará para ocupar cualquier otro en el sector público hasta por dos años”.
Héctor Pérez Rivero recomendó a las personas que sean afectadas por esta inapropiada conducta de sus superiores deben acudir a la Fiscalía General del Estado a interponer su denuncia.