En las próximas horas la Secretaria del Trabajo y Previsión Social Federal pondrá en marcha operativos de inspección en más de dos mil centros laborales para verificar que a los trabajadores se les haya pagado su aguinaldo al ser una obligación legal.
El delegado federal en Quintana Roo Enoel Pérez Cortez, explicó que la ley establece que esta prestación debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año para cumplir en tiempo y forma, ya que de lo contario se contemplan fuertes multas económicas, las cuales van por cada uno de los empleados que no reciba este beneficio.
Invitó a los asalariados que no hayan recibido esta prestación a interponer su denuncia formal.
En la entidad hay 583 mil trabajadores asalariados que deben recibir el pago de aguinaldo, el cual puede ser de 15 a 40 días dependiendo del centro laboral para quienes llevan por lo menos un año laborando, mientras para los que tiene menor tiempo les corresponde una parte proporcional.
“No hay excusa para no pagar el aguinaldo, un mal año o falta de utilidades, es un derecho irrenunciable del trabajador impostergable, esperando los lineamientos de la federación para que se pueda empezar con este operativo anual del aguinaldo vamos a empezar con estas empresas que en años anteriores no cumplieron y son reincidentes y aquellas empresas de más 50 empleados y por supuesto en aquellas que tienen una queja del trabajador de manera formal”.
Enoel Pérez Cortez, reveló que una vez que la federación dicte los lineamentos respecto a la implementación de este operativo, serán un total de 2 mil empresas al azar las que serán supervisadas, aunque adelantó que se pondrá especial énfasis las que en años anteriores no han incumplido con este pago o han reincidido en esta irregularidad.
Puntualizó que cualquier empleado puede acceder a esta prestación, incluso eventuales o por honorarios, siempre y cuando cumpla con cualquiera de estos requisitos.
“Todo trabajador sindicalizado de bases, temporal e incluso una excepción que debo aclarar los trabajadores por honorarios no deben cobrar exceptuando aquellos aunque cobren por honorarios tengan un lugar fijo de trabajo un jefe inmediato de quien reciben instrucciones y tengan un horario establecido fuera de una hora o las 8 horas que marque la ley”.
Dijo que el pago del aguinaldo es un derecho que por ley les corresponde a los trabajadores por lo cual no existe ninguna razón para que las empresas no cumplan con esta obligación añadiendo que tanto el trabajador sindicalizado, de base, de confianza, temporal e incluso cierto grupo de trabajadores quienes cobran por honorario deben percibir esta prestación laboral.
Finalmente recordó que durante el operativo del año pasado solo se logró sancionar a una empresa por incumplir con esta obligación en tiempo y forma.